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CUIDADORAS INTERNAS

Valor y Garantías

En ASISTENCIA ALJARAFE te acompañamos durante todo el proceso de los cuidados, no solo con nuestras cuidadoras, si no con la mediación, la sustitución en las vacaciones de la cuidadora y para la finalización de la unión laboral, si no te gusta o prefieres cambiar de cuidadora solo tienes que comunicárnoslo y abriremos otro proceso de selección sin sobre costes.

Cuidadoras, cuidadoras internas

¿Qué condiciones tienen las cuidadoras internas?

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Cuidadoras internas. Un fenómeno que ha aumentado considerablemente en toda España. Según los censos y las estadísticas, los tipos de hogares que más se han multiplicado son los que cuentan con un miembro, que no es de la familia, residiendo en el hogar. Es decir, las estadísticas se están sintiendo, a día de hoy, sensibles al fenómeno creciente de las cuidadoras internas. 

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Hay que entender, que las cuidadoras internas son profesionales de la asistencia domiciliar que además realizan un esfuerzo muy loable, ya que en muchas ocasiones dejan a su familia, su ciudad y su hogar atrás. Es importante tener conciencia de esta situación. Y para ello, en ASISTENCIA ALJARAFE definimos muy bien cuales son los derechos y deberes de las cuidadoras internas, aunque en ocasiones es muy difícil.

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¿Qué es una cuidadora interna?

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Es una profesional de la asistencia domiciliar que ha obtenido formación y experiencia en el sector que nos concierne.

 

La cuidadora vive en el hogar del usuario y lo ayuda día a día a realizar las tareas básicas de la vida diaria. Además, pernocta en el domicilio ya que la situación del paciente así lo requiere.

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¿Qué NO es una cuidadora interna?

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Los cuidadores y cuidadoras internos/as no son criadas ni asistentas. Es muy importante que antes de comenzar la relación laboral. En la denominada “jornada de aterrizaje” se especifiquen y definan las tareas diarias como semanales. Así mismo, un profesional interno no puede estar las 15 h del día trabajando sin parar, tampoco realizando tareas.


Es cierto que la ley permite un mínimo de 2 horas diarias para descanso, realizar las principales comidas o realizar alguna gestión personal. Pero no es admisible que la cuidadora interna esté en activo 15 horas. Esto no lo aguantaría ningún ser humano.

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El hogar como lugar de trabajo es un entorno confuso. Por ello es importante crear y pactar rutinas en cuanto a las tareas. Limpieza del hogar, almuerzos, comidas y cenas, paseos y aseo personal. Todas estas tareas deben ser definidas con su periodicidad: diaria, semanal o mensual.


En cuanto a la limpieza, es necesario que se establezca la periodicidad por zonas. El salón, la cocina, los aseos… todos ellos deben estar definidos y así evitar malos entendidos.


En definitiva, la cuidadora interna no puede estar todo el tiempo realizando tareas del hogar. Además, tampoco es una cuidadora interna un familiar, un estudiante o alguien que no cuente con la experiencia, formación y garantías para ejercer esta profesión.

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Todas las cuidadoras internas profesionales tienen elementos de personalidad comunes y es que son personas maduras, responsables y respetuosas.

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¿Qué puede ofrecer una cuidadora interna?

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En cuánto al servicio de ayuda a domicilio y concretamente,el personal interno, hemos visto todos los aspectos positivos que traen consigo las cuidadoras internas.
– La tranquilidad, seguridad y confianza para la persona y sus familiares, que sepan que está ahí.
– El orden del hogar. Todo ello en buenas condiciones.
– Esmero en la realización de comidas, por el bien de la persona mayor y por el suyo propio.
– Paseos y compras, tareas que comprenden la salida del hogar, todas ellas bajo un paraguas de seguridad.

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Lamentablemente, hay ocasiones en las que las tareas no están bien definidas y todo este valor deja de relucir, creándose así una dinámica negativa que tiende más a las faltas de respeto y la desaprobación que conduce a la esclavitud. Por esta razón, hemos experimentado muchas ocasiones que aunque la persona mayor tenga “malos gestos” con la cuidadora, el apoyo de la familia se vuelve determinante para que la cuidadora siga adelante.

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Empleada de hogar interna: derechos y deberes.

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La relación laboral entre las familias y los cuidadores pasa por el vínculo asistencial. Es muy importante, que el concepto de cuidadora interna quede sujeto a una serie de líneas que marcan dicha relación. Líneas que delimitan tanto los derechos como los deberes según el convenio de empleadas de hogar surgido en 2011.

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El contratar bajo el paraguas de la legalidad y el convenio permite que haya una calidad y una serie de normas y derechos. Además de evitar el peligro de una multa de más de 11.000€.


Las cuidadoras en régimen interno disponen de 36 horas consecutivas libres como mínimo. En este sentido siempre suele ampliarse por el bien y la fidelización de la cuidadora. Pero en ningún caso debe verse reducida ya que es el mínimo que fija la ley.


Tal y como mencionábamos antes, hay que fijar 2 horas al día para las comidas, descansos o realizar alguna gestión. Estas horas pueden ser dentro o fuera del domicilio, según cada caso, pero es importante fijar estas 2 horas ya que junto las 36 horas libres son los derechos mínimos.

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En cuanto a deberes de la familia:

– Alojamiento. Deben proporcionar una habitación privada que reúna las condiciones básicas. Es decir, ofrecer alojamiento gratuito y de calidad.
– Manutención. Tal y como señalábamos antes, la familia debe correr con los costes de los alimentos y que la cuidadora se alimente de lo mismo que la familia.

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Las pernoctas de las cuidadoras internas

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Las horas nocturnas de las cuidadoras, son únicamente sin vigilia, es decir, para dormir. La cuidadora que deba ofrecer vigilia por las noches no puede estar sujeta a régimen interno, ya que por el día también tiene actividad.
Para ello se tendría que contratar principalmente a dos cuidadoras y que lo gestionaran por turnos.

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Festivos de las cuidadoras

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Por contrato disponen de todos los festivos del año (son 14) libres. No obstante, hay hogares en los que la persona mayor o con dependencia necesita atención sin interrupción. En este sentido hay varias alternativas:
– La familia pasa los festivos con la persona mayor.
– La cuidadora y la familia llegan a un pacto y se le abonará de forma extraordinaria y a parte el festivo, siempre con un importe superior al ordinario.
– Se contrata a otra cuidadora de carácter especial para el festivo.

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En caso de trabajar el festivo la cuidadora, también puede ofrecerse como días libres sumado a las vacaciones. De forma que si trabaja un festivo tendría 2 días libres ordinarios y laborables.

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En cuanto a las vacaciones de todas las cuidadoras son de 30 días a negociar entre estas y las familias. Generalmente, se establece un período de 15 días en invierno y 15 días en verano. También pueden ser los 30 días seguidos.

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